La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) introdujo, este jueves 18 de noviembre, un recurso jerárquico en el que solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) revocar la decisión de no aceptar la sustitución de Carlos Ocariz (Primero Justicia), quien renunció a la candidatura a la Gobernación de Miranda, por David Uzcátegui (Fuerza Vecinal) como candidato del G4 en Miranda. Aseveran que el ente comicial viola la ley y niega derechos políticos
TalCual – Sofía Nederr
La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) introdujo, este jueves 18 de noviembre, un recurso jerárquico en el que solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) revocar la decisión de no aceptar la sustitución de Carlos Ocariz (Primero Justicia), quien renunció a la candidatura a la Gobernación de Miranda, por David Uzcátegui (Fuerza Vecinal) como candidato del G4 en Miranda.
El recurso fue presentado por Juan Carlos Caldera, uno de los representantes de la Unidad. Ocariz fue inscrito, en septiembre, como abanderado del G4. El 11 de noviembre, el también exalcalde del municipio Sucre, puso su candidatura a la orden. Esto se dio luego de una guerra de encuestas, llamados a primarias y retos públicos de ambos candidatos opositores.
«Lo que está en discusión no es la renuncia de Carlos Ocariz que fue admitida y procesada, sino la solicitud de sustitución que conforma el artículo 62 de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales para que el candidato de la Unidad sea David Uzcátegui», dijo Caldera a TalCual.
El artículo 62 de la Lopre señala que «las organizaciones postulantes podrán sustituir sus candidatos o candidatas, en los siguientes casos: fallecimiento, renuncia, discapacidad física o mental debidamente certificada por la autoridad competente o razones constitucionales y/o legales. A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la sustitución realizada».
Asimismo, Juan Carlos Caldera señaló que el CNE manipula y confunde dos procedimientos que están en la ley. En ese sentido, explicó que el artículo 62 habla de sustituciones, en tanto el 63 se refiere al procedimiento de modificaciones de candidaturas.
«Sin procedimientos distintos, en virtud de que ambos tienen orígenes distintos. En el artículo 62 se habla de los supuestos en los cuales el partido postulante puede sustituir a sus candidatos, la renuncia (que es nuestro caso), el fallecimiento o la discapcidad física o mental», indicó.
Caldera subrayó que en el artículo 62, las circunstancias del reemplazo de candidaturas no dependen del partido, sino del candidato. Pero, en el artículo 63, es la disposición del partido para cambiar candidatos. En este último caso, señaló, si hay unos plazos que son hasta 10 días antes de las elecciones.
Esta semana, la presidenta de la Junta Electoral Nacional, Tania D’Amelio, y el rector Roberto Picón, entre otros, han insistido en que la renuncia de Ocariz se hizo fuera de los lapsos del cronograma electoral para las sustituciones. Sin embargo, el dirigente aseveró, el jueves 18 de noviembre, que la oficializó el 11 de noviembre.
Además, los rectores puntualizaron que los votos de la MUD para la Gobernación de Miranda serán declarados nulos.
En el escrito consignado por la MUD, y firmado por el secretario general José Luis Cartaya, se indica que la alizanza opositora decidió postuló a Carlos Ocariz en Miranda, quien «luego de una intensa campaña electoral, decidió renunciar a su postulación en beneficio del candidato David Uzcátegui del partido Fuerza Vecinal, quien por virtud de esa renuncia se convirtió en el candidato a la Gobernación del Estado Miranda de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD)».
La Unidad subraya que los referidos hechos fueron debidamente notificados al CNE. Además, destaca que el ente comicial aceptó la renuncia de Carlos Ocariz por haberse presentado en tiempo hábil. De allí la exigencia de la MUD de que se cumpla con el artículo 62 de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales (Lopre).
Para la alianza opositora, las conclusiones de los rectores del Poder Electoral sobre la renuncia de Ocariz, que se produjo luego es violatoria del artículo 62. Advierten, además, que si se materializa, negará el derecho a elegir de quienes sufragan por la tarjeta de la MUD.
Asimismo, en la sustentación del recursio jerárquico, la MUD argumenta que debe entenderse que Venezuela adoptó, al menos en la Constitución, el modelo de democracia representativa con la incorporación de mecanismos de participación ciudadana en los asuntos públicos. «Son los ciudadanos quienes mediante el ejercicio de sus derechos políticos determinan la solución de los problemas políticos, decidiendo quienes tienen derecho legítimo a gobernar», indica.
Este jueves, el candidato David Uzcátegui dijo que ha recorrido «la Miranda profunda», y aseguró que, en las elecciones del domingo 21 de noviembre, se producirá un voto castigo fuerte para el gobierno. «Tenemos la oportunidad de oro para salir de esta gestión indolente y ausente», expresó.