Las investigaciones y sanciones de este organismo, al mando del entonces contralor Elvis Amoroso, iniciaron en mayo de 2014. A María Corina Machado se le aplicó una inhabilitación el 13 de julio de 2015 por un año, pero se le continuó una investigación patrimonial que derivó en la declaratoria de responsabilidad administrativa y sanción por 15 años
Tal Cual / Luisa Quintero
La Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia confirmó este viernes 26 la inhabilitación impuesta por la Contraloría General a la candidata presidencial unitaria, María Corina Machado, por un periodo de 15 años.
En la sentencia número 5, con ponencia conjunta de los magistrados, se declaró que la solicitud interpuesta por Machado «no cumple con los requerimientos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados», firmado entre la administración de Nicolás Maduro y la Plataforma Unitaria el pasado 17 de octubre.
También se avala la resolución número 01-00-000285, de fecha 16 de septiembre de 2021, emanada de la Contraloría, «sin perjuicio de las acciones penales y pecuniarias a que pudieran dar lugar sus actuaciones». El TSJ se pronunció por los casos de otros seis dirigentes políticos y declaró la habilitación de Leocenis García, Daniel Ceballos, Richard Mardo, Pablo Pérez y Rosa de Scarano. Por su parte, se desestimaron los recursos del exgobernador Henrique Capriles y el exalcalde Enzo Scarano.
La dirigente de Vente Venezuela respondió a esta sentencia a través de su cuenta en Twitter, donde dio por muerto el acuerdo de Barbados (firmado en octubre de 2023) y aseveró que «(Nicolás) Maduro y su sistema criminal escogieron el peor camino para ellos: unas elecciones fraudulentas».
Las investigaciones y sanciones de este organismo, al mando del entonces contralor Elvis Amoroso, iniciaron en mayo de 2014. A la dirigente de Vente Venezuela se le aplicó una inhabilitación el 13 de julio de 2015 por un año, pero se le continuó una investigación patrimonial que derivó en la declaratoria de responsabilidad administrativa, prevista en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría.
Entonces, el organismo afirmó que «se determinaron errores (sobreestimacionbes y subestimaciones)», además de omisiones, en las declaraciones juradas de patrimonio de María Corina Machado.
Además, la Contraloría acusó a Machado de formar parte de un supuesto esquema de corrupción «orquestado» por el exdiputado de Voluntad Popular Juan Guaidó «que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero».
Entre esos «robos», a la exdiputada se le acusó de la toma de Citgo y Monómeros, que supuestamente causó un daño patrimonial a la Nación por $32.500 millones, del concierto para recaudar ayuda humanitaria denominado por el oficialismo como «Cucutazo», de impedir la llegada de vacunas, de bloquear recursos de la República, y de causar migración por haber solicitado sanciones.
La Contraloría también afirmó que Machado incumplió el artículo 191 de la Constitución, al aceptar una acreditación como representante alterna de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de Estados Americanos (OEA) en marzo de 2014, «perdiendo así la investidura de diputada de la Asamblea Nacional».