Exautoridades del CNE cuestionan a Calzadilla sobre sustitución de Ocariz

Según los expertos electorales Andrés Caleca y Vicente Díaz, no puede haber un tiempo límite para las sustituciones, porque pueden ocurrir en cualquier momento. Por ejemplo, si un candidato muere

Valentina Gil

El exrector Vicente Díaz y Andrés Caleca, expresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuestionaron la decisión del Poder Electoral de no procesar la sustitución de Carlos Ocariz por David Uzcátegui.

El domingo 14 de noviembre, Pedro Calzadilla, presidente del CNE, alegó que el cambio del nombre de Carlos Ocariz por el de David Uzcátegui no fue hecho por llegar fuera del lapso establecido. Entonces, los votos de los electores que seleccionen la tarjeta de la Unidad solo para el cargo de gobernador de Miranda serán nulos.

Según el Artículo 62 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), en caso de fallecimiento, renuncia, discapacidad física o mental debidamente certificada por la autoridad competente o por razones constitucionales y/o legales, las organizaciones postulantes pueden sustitur a sus candidatos.

“Calzadilla confunde el Artículo 62 con el 63. Este último le da el poder al partido para sustituir candidatos, quieran o no, renuncien o no, se mueran o no, si le conviene cambiarlo por otro. Esa es una modificación. Esa sí tiene un lapso, 10 días antes de la elección. La sustitución no”, explicó el exrector Vicente Díaz durante una entrevista para Circuito Éxitos.

Incluso el Artículo 63 de la Lopre establece que: “cuando el tiempo en que se realice la modificación o sustitución resulte insuficiente para realizar el cambio en el instrumento electoral, los votos que se emitan en el mismo se acreditarán al candidato sustituto o la candidata sustituta”,

Asimismo, la antigua autoridad electoral señaló que cuando hay una vacante absoluta, los partidos pueden modificar la postulación y poner un reemplazo. Tampoco electores se pueden quedar sin candidato, pues no podrían ejercer su derecho a elegir, contemplado en el Artículo 63 de la Carta Magna.

“Si yo soy candidato presidencial y me muero en el camino, entonces ¿todos esos votos se pierden? Eso es ilógico. Sería un fraude an elector. Las sustituciones siempre han existido en la ley, porque son actos sobrevenidos. Es decir, pueden ocurrir en cualquier momento”, afirmó.

Como el CNE no procesó la sustitución entre Ocariz y Uzcátegui, ahora la MUD tiene la tarea de educar a los electores mirandinos sobre cómo votar el próximo 21 de noviembre.