Implicaciones y lecturas a la sentencia que “suspende efectos” de la elección primaria

Expertos concuerdan en que la sentencia del TSJ intenta comunicar que la elección del 22 de octubre tuvo un impacto en la administración de Maduro

Ibrahim López Piñero

En un escenario que estaba latiendo desde que la Comisión Nacional de Primaria decidió organizar el evento electoral del 22 de octubre, este lunes 30 de octubre, el Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia de que se suspendan los efectos de la primaria, la traducción de que no se reconoce a María Corina Machado como candidata unitaria.

La sentencia, que además incluye la exigencia de que la oposición entregue todo el material electoral, deriva en diferentes escenarios como la posible judicialización a quienes organizaron la iniciativa, que la oposición no pueda postular a Machado y esto los obligue a buscar un escenario como el consenso o el temor de la gente a que se reedite la “Lista Tascón“.

Para John Magdaleno, director de la firma de consultoría en asuntos públicos Polity y docente universitario, la sentencia del TSJ tiene dos objetivos principales: ratificar las inhabilitaciones políticas y transmitir que la administración de Nicolás Maduro no está dispuesta a facilitar una transición hacia la democracia.

“Lo que sí luce evidente es que una sentencia en este contexto, precedida por la solicitud de investigación para la Comisión Nacional de Primaria y miembros de las juntas regionales, obviamente está comunicando simultáneamente que la primaria sí tuvo un impacto en la lectura de los principales actores y voceros del oficialismo”.

John Magdaleno, director de la consultora Polity.

Alí Daniels, director de la asociación civil Acceso a la Justicia, indica que la decisión del Poder Judicial tiene un alcance limitado porque la primaria es un hecho cumplido. No obstante, advierte que el efecto inmediato es que los partidos políticos no podrían postular a María Corina Machado como su candidata a las elecciones presidenciales de 2024. “Pero eso tampoco tiene mucha trascendencia en la medida que los partidos pueden decir que postulan a la señora Machado no como resultado de la primaria, sino por una aceptación de consenso entre los partidos. De manera que al final las consecuencias serían las mismas”.

Daniels recuerda que el reglamento publicado por la Comisión Nacional de Primaria (CNdP) en su página web establecía que los cuadernos de votación serían destruidos tras la elección para evitar la persecución política y destaca que el acervo probatorio sobre las acusaciones de usurpación de identidad y usurpación de funciones electorales se encuentra precisamente en esos documentos.

A juicio de Daniels, la sentencia del TSJ busca distraer de la opinión pública la persecución judicial que emprendió la administración de Nicolás Maduro contra los miembros de la CNdP y las juntas regionales. “Lamentamos que en Venezuela los operadores de justicia se comporten como los operadores de la persecución política y esperemos que este proceso no avance más allá precisamente porque no tiene ningún fundamento para tener mayor alcance y porque las personas que están siendo investigadas son personas manifiestamente inocentes de los cargos que se les están imputando”.

El director de Acceso a la Justicia resalta que todos los actores que participaron en la elección aceptaron los resultados y considera irregular que una persona ajena al proceso intente impugnarlo porque no tiene la cualidad. “Menos con el argumento banal de que no se le dejó participar porque lo está diciendo luego de las elecciones, no antes. Eso confirma que se trata de un argumento sin sustento ni fundamentación”.

Por su parte, José Ignacio Hernández, abogado especialista en derecho administrativo y constitucional, indicó que la sentencia conjunta de la Sala Electoral del TSJ es una muestra de legalismo autocrático y no genera ningún efecto jurídico. Considera que el Poder Judicial está usando la misma estrategia que aplicó para criminalizar a la Asamblea Nacional electa en el año 2015.

“La Sala ordenó como medida de amparo cautelar, “suspender las primarias”. Esto es absurdo: no se pueden suspender pues ya se realizaron. Son un hecho político consumado.  Este absurdo ya lo hizo la Sala Electoral en 2015: suspendió la proclamación de los diputados de Amazonas, ya proclamados. Y de allí vino el “desacato”. Por ello, la Sala va a considerar que toda acción basada en la candidatura de María Corina Machado es un “desacato” al amparo, lo que derivará en medidas penales”, escribió en su perfil de la red social X.